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Liña 1: | Liña 1: | ||
- | La propiedad | + | ====== Autoría y propiedad de los resultados |
- | La USC reconoce siempre el derecho moral del personal que generó los resultados considerándolo autor o inventor de los resultados. En el caso en que el resultado sea fruto de la colaboración entre varios investigadores, | + | **La propiedad o titularidad** de todos los resultados de investigación obtenidos por personal investigador del CiTIUS es de la **USC**. |
- | En el caso de que los resultados objeto de protección sean fruto de la colaboración entre varias entidades, se acordará un reparto porcentual de la titularidad de los derechos en función de las contribuciones aportadas por cada institución. | + | **Los becarios y estudiantes** son propietarios de los desarrollos que realicen. En el caso de que colaboren en actividades o proyectos de investigación del CiTIUS, es recomendable que firmen un acuerdo de cesión de los derechos de explotación antes de iniciar la colaboración. La Unidad KMT dispone de un modelo específico para esta casuística. |
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+ | En el caso de que los resultados objeto de protección sean fruto de la **colaboración entre varias entidades**, se acordará un reparto porcentual de la titularidad de los derechos en función de las contribuciones aportadas por cada institución. En el caso específico de que los resultados surjan de proyectos consorciados o de contratos con empresa se podrían definir repartos diferentes, aunque siempre se reconocerá la el derecho moral de los autores o inventores. La unidad KMT puede asesorar en la negociación de estas cláusulas. |